jueves, 20 de abril de 2017

FUNCIONES DEL COMITÉ DE ETICA



Las funciones del Comité de Ética son un complemento a las normas positivas que establecen penas y comportamiento anti jurídico
Comité de Ética son un complemento a las normas positivas que establecen penas y comportamiento anti jurídico, además de realizar una labor de orientación continua sobre los valores y la conducta, así como acciones concertadas dirigidas a prevenir la corrupción y a elevar la calidad y eficiencia del destinatario. Las tareas encomendadas al Comité van dirigidas a dar promoción a las normas éticas.



  •   Preparar un Plan de Trabajo
  • informar sobre los trabajos y asuntos que se realizan en el Comité.
  •   Coordinar con la participación de los destinatarios actividades educativas.
  •   Sobre el Código de Ética.  Velar que se establezcan controles administrativos que impidan y desalienten Violaciones al Código de Ética, sus reglamentos y cualquier otra ley.  
  •   Cumplir y velar el cumplimiento de las disposiciones del Código de Ética, sus reglamentos, opiniones, cartas circulares, órdenes y comunicaciones.
  •   Promover la discusión de temas relacionados con la ética en general.
  •   Diseñar, planificar e implantar estrategias para dar a conocer el Código y promover la obediencia a las normas éticas.  
  •   Realizar cualquier otra función que estime necesaria para cumplir los objetivos del Código de Ética.

 Las tareas encomendadas al Comité van dirigidas a dar promoción a las normas éticas.



LEGALIDAD Y EXIGENCIAS DE UN CODIGO DE ETICA PROFESIONAL


LEGALIDAD DE UN CÓDIGO DE ÉTICA.
Un código de ética formal se basa en los principios de justicia y lealtad en el desarrollo de las funciones asignadas o queridas, estos principios deben aplicarse en sus relaciones de convivencia, respetando la dignidad de la persona.
Por medio del Código de Ética, se establece pautar para poder Defender, respetar y cumplir la Constitución, las Leyes, Ordenanzas y Reglamentos vigentes, y además el orden público y las buenas costumbres.
Actuar con la disposición cierta de enaltecer la moral, el honor, la respetabilidad y todas aquellas virtudes de honestidad, integridad, eficiencia y veracidad. En otras palabras, debe tenerse en cuenta, principios básicos referidos a la Constitución y la ley como son: La Dignidad humana, derechos humanos y justicia, que se refieren a la obligación de promover el respeto universal hacia las personas; la Diversidad cultural, pluralismo y tolerancia, que están relacionados con la necesidad de tener en cuenta diferentes escalas de valores dentro de los límites de otros principios morales. Así como la Solidaridad, igualdad y cooperación, que se refieren a la importancia de la acción en colaboración, el intercambio de conocimientos científicos y de otro tipo y la no discriminación.

CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL.
Podemos definir la Profesión como "la actividad personal, puesta de una manera estable y honrada al servicio de los demás y en beneficio propio, a impulsos de la propia vocación y con la dignidad que corresponde a la persona humana".
En un sentido estricto esta palabra designa solamente las carreras universitarias. En sentido amplio, abarca también los oficios y trabajos permanentes y remunerados, aunque no requieran un título universitario.
En virtud de su profesión, el sujeto ocupa una situación que le confiere deberes y derechos especiales, que deben considerarse en el código de ética como.

·         La Vocación. Como un acto eleccionario libre de la profesión.
·         Finalidad de la Profesión. Toda finalidad del trabajo profesional efectivamente realizado debe ser en atención al bien común y en beneficio de la sociedad.
·         El Propio beneficio. Lo ideal es tomar en cuenta el agrado y utilidad de la profesión, y obtener provecho personal, gracias a su profesión.
·         Capacidad profesional. Un profesional debe ofrecer una preparación     especial en sentido de su capacidad intelectual (conjunto de conocimientos que dentro de su profesión, lo hacen apto para desarrollar trabajos especializados), capacidad moral (considerado el valor del profesional como persona, abarca no sólo la honestidad, sino además la capacidad para abarcar y traspasar su propia esfera profesional)
·         Los Deberes Profesionales. Como por ejemplo el secreto profesional, la solidaridad, entre otros y se puede decir que lo exigible es el actuar de acuerdo con la moral establecida.

EXIGENCIAS ÉTICAS A LOS PROFESIONALES.
Las exigencias que inciden directamente en el ejercicio de la profesión son:
La honradez.- La dimensión moral de la profesión implica la honradez en la persona que la desempeña.
 La honradez se define como: "cualidad de probo, proceder del propio hombre recto". La honradez nace de la adecuación de la conducta a los principios que rigen la conciencia personal del profesional.
La rectitud.- procede de la adecuación de la conducta a las normas legítimamente establecidas.
La probidad.- Que viene a constituir el actuar con rectitud y honradez, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpreta persona.
La Prudencia.- Es el actuar con pleno conocimiento de las materias sometidas a su consideración, y en forma diligencia además de inspirar confianza en la comunidad.
Diligencia: Es una condición indispensable del profesional. La diligencia tomada como entrega y solicitud por el trabajo, es una condición indispensable del profesional. El incumplimiento de los compromisos laborales son exponentes manifiestos de negligencia profesional.
Idoneidad.- entendida como aptitud técnica, legal y moral, para el acceso y ejercicio de sus funciones.
Responsabilidad.- Es el esfuerzo honesto para cumplir con sus deberes
Veracidad.- respecto a la obligatoriedad de expresarse con veracidad en sus relaciones.
Discreción.- Es decir guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de los deberes y las responsabilidades que le correspondan en virtud de las normas que regulan el secreto o la reserva establecida por ley.
Equidad.- Se debe emplear en todo momento criterios de equidad que debe acercarse a un resultado más justo, el mismo que no debe ser ejecutado en contra de los fines perseguidos por las leyes.
Igualdad de Trato.- Es la obligación de otorgar a todas las personas igualdad de trato en igualdad de situaciones.
Espíritu de Servicio: El ejercicio de la profesión implica espíritu de servicio. El aspecto social de la profesión es algo esencial a la misma. El profesional ejerce una función social.


LEGALIDAD DE UN CÓDIGO DE ÉTICA.
Un código de ética formal se basa en los principios de justicia y lealtad en el desarrollo de las funciones asignadas o queridas, estos principios deben aplicarse en sus relaciones de convivencia, respetando la dignidad de la persona.
Por medio del Código de Ética, se establece pautar para poder Defender, respetar y cumplir la Constitución, las Leyes, Ordenanzas y Reglamentos vigentes, y además el orden público y las buenas costumbres.
Actuar con la disposición cierta de enaltecer la moral, el honor, la respetabilidad y todas aquellas virtudes de honestidad, integridad, eficiencia y veracidad. En otras palabras, debe tenerse en cuenta, principios básicos referidos a la Constitución y la ley como son: La Dignidad humana, derechos humanos y justicia, que se refieren a la obligación de promover el respeto universal hacia las personas; la Diversidad cultural, pluralismo y tolerancia, que están relacionados con la necesidad de tener en cuenta diferentes escalas de valores dentro de los límites de otros principios morales. Así como la Solidaridad, igualdad y cooperación, que se refieren a la importancia de la acción en colaboración, el intercambio de conocimientos científicos y de otro tipo y la no discriminación.

CODIGO DE ETICA PROFESIONAL.
Podemos definir la Profesión como "la actividad personal, puesta de una manera estable y honrada al servicio de los demás y en beneficio propio, a impulsos de la propia vocación y con la dignidad que corresponde a la persona humana".
En un sentido estricto esta palabra designa solamente las carreras universitarias. En sentido amplio, abarca también los oficios y trabajos permanentes y remunerados, aunque no requieran un título universitario.
En virtud de su profesión, el sujeto ocupa una situación que le confiere deberes y derechos especiales, que deben considerarse en el código de ética como.

·         La Vocación. Como un acto eleccionario libre de la profesión.
·         Finalidad de la Profesión. Toda finalidad del trabajo profesional efectivamente realizado debe ser en atención al bien común y en beneficio de la sociedad.
·         El Propio beneficio. Lo ideal es tomar en cuenta el agrado y utilidad de la profesión, y obtener provecho personal, gracias a su profesión.
·         Capacidad profesional. Un profesional debe ofrecer una preparación     especial en sentido de su capacidad intelectual (conjunto de conocimientos que dentro de su profesión, lo hacen apto para desarrollar trabajos especializados), capacidad moral (considerado el valor del profesional como persona, abarca no sólo la honestidad, sino además la capacidad para abarcar y traspasar su propia esfera profesional)
·         Los Deberes Profesionales. Como por ejemplo el secreto profesional, la solidaridad, entre otros y se puede decir que lo exigible es el actuar de acuerdo con la moral establecida.

EXIGENCIAS ÉTICAS A LOS PROFESIONALES.
Las exigencias que inciden directamente en el ejercicio de la profesión son:
La honradez.- La dimensión moral de la profesión implica la honradez en la persona que la desempeña.
 La honradez se define como: "cualidad de probo, proceder del propio hombre recto". La honradez nace de la adecuación de la conducta a los principios que rigen la conciencia personal del profesional.
La rectitud.- procede de la adecuación de la conducta a las normas legítimamente establecidas.
La probidad.- Que viene a constituir el actuar con rectitud y honradez, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona.
La Prudencia.- Es el actuar con pleno conocimiento de las materias sometidas a su consideración, y en forma diligencia además de inspirar confianza en la comunidad.
Diligencia: Es una condición indispensable del profesional. La diligencia tomada como entrega y solicitud por el trabajo, es una condición indispensable del profesional. El incumplimiento de los compromisos laborales son exponentes manifiestos de negligencia profesional.
Idoneidad.- entendida como aptitud técnica, legal y moral, para el acceso y ejercicio de sus funciones.
Responsabilidad.- Es el esfuerzo honesto para cumplir con sus deberes
Veracidad.- respecto a la obligatoriedad de expresarse con veracidad en sus relaciones.
Discreción.- Es decir guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de los deberes y las responsabilidades que le correspondan en virtud de las normas que regulan el secreto o la reserva establecida por ley.
Equidad.- Se debe emplear en todo momento criterios de equidad que debe acercarse a un resultado más justo, el mismo que no debe ser ejecutado en contra de los fines perseguidos por las leyes.
Igualdad de Trato.- Es la obligación de otorgar a todas las personas igualdad de trato en igualdad de situaciones.
Espíritu de Servicio: El ejercicio de la profesión implica espíritu de servicio. El aspecto social de la profesión es algo esencial a la misma. El profesional ejerce una función social.



RECOMENDACIONES PARA UN CÓDIGO DE ETICA



RECOMENDACIONES AL CÓDIGO DE ÉTICA
.
Empresa consultora que da recomendaciones éticas a las empresas. Las recomendaciones básicamente se dividen en: Económicas, sociales, comerciales, de comunicación, de logística, procedimientos y control de calidad. 

PRINCIPIOS ÉTICOS

  • ·         Ser racionales en la toma de decisiones 

  • ·         Ser solidarios en busca del bienestar 

  • ·        Ser eficientes en el manejo y distribución de los recursos

 Una introducción que establezca el tono y defina la importancia de la ética y el cumplimiento de sus normas. La misión, visión, valores y principios guía que reflejan el compromiso obligacional con la ética, la integridad y la calidad. Un marco de decisiones éticas ayudando a la toma de decisiones. Los recursos de disposición para denunciar de buena fe cualquier sospecha de mala conducta.


Actuar con integridad, competencia, diligencia, respeto y de manera ética con el público, clientes, clientes potenciales, empleadores, empleados, colegas en la profesión de inversiones y otros participantes en los mercados de capitales en el ámbito mundial.  Situar la integridad de los profesionales de la inversión y los intereses de los clientes por encima de sus intereses personales.  Actuar con debida prudencia y ejercer criterios profesionales independientes al realizar análisis de inversión, formular recomendaciones de inversión, tomar decisiones de inversión e involucrarse en otras actividades profesionales.

Desarrollar su trabajo y animar a otros a desarrollar su trabajo de manera profesional y ética, favoreciendo el prestigio de los miembros y de su profesión, Fomentar la integridad y viabilidad de los mercados de capitales en el ámbito mundial para el benéfico de la sociedad,  Mantener y mejorar su competencia profesional y esforzarse por mantener y mejorar la competencia de otros profesionales de la inversión.




FUNDAMENTOS DE UN CÓDIGO DE ETICA

No existe una redacción estándar para un código de ética o llamado también código de conducta. Cada institución u organización y país, debe desarrollar parámetros adaptables a las necesidades de los destinatarios con el fin de definir los comportamientos esperados y para la consideración de los riesgos, retos y costumbres arraigadas, así como para adecuarse al cumplimiento de sus objetivos y fines.
Capaz de permitir una decisión sobre cada acción éticamente relevante. Cabe una distinción entre los enunciados de la ética: deontológico y axiológico. Los primeros se refieren al deber (por tanto se aplican a una acción o a un agente en tanto que obligatoria u obligado). Los segundos se refieren al valor (se aplican a objetos o estados de cosas en tanto que objetivamente valiosos o simplemente valiosos para alguien).

La ética tiene que basarse objetivamente tanto en la observación y la percepción del hecho a través de los sentidos, para emitir juicios de valor en el actuar, es decir establecer la categoría moral en la que se encuentra, para finalmente delimitar a que escala de valores podemos identificarlo, este conjunto de métodos hace que los códigos de ética tengan un relieve moral de comportamiento, los mismos que deben ser observados, aprendidos y ejecutados.




 El lenguaje no debe ser autoritario (como por ejemplo "se prohíbe"), sino expresar los comportamientos esperados.


miércoles, 19 de abril de 2017

PROMOCIÓN DE ÉTICA

Este articulo en su desarrollo, abarca aspectos destacados de la incorporación ética en el espacio internacional relevante para América Latina y el Caribe. Para desarrollarlo se revisan variadas opiniones y se tendrá en consideración diversos aportes originados en el sistema de las Naciones Unidas, de otras instituciones internacionales iniciativas ciudadanas, políticas y académicas. Se analizan aspectos sobresalientes de la articulación entre ambiente y desarrollo en América Latina desde el punto de vista de atributos éticos y se revisan las contribuciones de las Naciones Unidas. El artículo no pretende ser un debate filosófico sobre ética y sostenibilidad sino que busca en otros artículos y archivos evidencias sobre la existencia de bases éticas en el espacio internacional para potenciar los cambios hacia la sustentabilidad y el desarrollo sostenible.
para Mejorar la Calidad de la Atención a la Ciudadanía MINAM que tiene como objetivo mejorar el nivel de
 satisfacción de los Ciudadanos con respecto a la atención recibida en el MINAM. Hemos conformado un Grupo de Trabajo orientado a la mejora de la calidad de Atención a la Ciudadanía que efectuará el seguimiento para el cumplimiento del Plan.
Para la promoción del Código de Ética de la Función Pública
cada entidad pública deberá realizar cuando menos las siguientes actividades:
 1. Entregar a cada servidor público, cualquiera sea su modalidad de contratación, un ejemplar del Código de Ética de la FunciÓn Pública y su Reglamento acompañado de una declaración  que confirme que ha leído dichas normas y que se compromete a observarlas.

2. Entregar.
. en el momento de su contratación, a cada nuevo servidor público, cualquiera sea su modalidad de contratación, un ejemplar del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento acompañado de una declaración que confirme que ha leído dichas normas y que se compromete a observarlas
3. Colocar en el periódico panel informativo y en las zonas de visibilidad de cada oficina un impreso legible sobre los principales contenidos del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento, conforme al modelo adjunto de la presente directiva.
4. Un link en el portal web de cada entidad donde se expongan los principales contenidos del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento, conforme al modelo adjunto de la presente directiva y las versiones íntegras de la Ley 2TA1S Ley del Código de Ética de la Función Pública y del Decreto Supremó N" 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública. S. Jornadas informativas y socialización sobre la importancia del Código de Ét¡ca de la Función Pública y sobre las sanciones que acarrea su incumplimiento, con una periodicidad trimestral

CÓDIGO DE ÉTICA DEL DOCENTE PANAMEÑO


El Código de Ética en resumen es una serie de normas dictadas por el Ministerio de Educación orientadas al exitoso de las funciones de los docentes en las que incluye tanto sus deberes como sus derechos.

¿Qué es el Código de Ética?
Podemos definir la Profesión como "la actividad personal, puesta de una manera estable y honrada al servicio de los demás y en beneficio propio, a impulsos de la propia vocación y con la dignidad que corresponde a la persona humana". En un sentido estricto esta palabra designa solamente las carreras universitarias. En sentido amplio, abarca también los oficios y trabajos permanentes y remunerados, aunque no requieran un título universitario.

¿Estás de acuerdo cómo esta estructurado? 
- Si estoy de acuerdo de como está estructurado, ya que considero que este código de ética tiene muchos aspectos positivos porque se plasma la idea de que la docencia de excelencia debe integrar todas las tareas y funciones que van más allá del tiempo del salón de clase.


En virtud de su profesión, el sujeto ocupa una situación que le confiere deberes y derechos especiales

HOJA DE PRESENTACION

UNIVERSIDAD  METROPOLITANA DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA
PROFESORADO EN EDUCACIÓN MEDIA DIVERSIFICADA

 

Resultado de imagen para etica profesional

 ESTUDIANTE:
GRISELDA MORENO RAMOS
6-83-146
PROFESORA:
MARILYN B CALDERÓN
2017